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La Cámara suspendió las multas de $100.000 diarios a Santilli por la Ley Universitaria

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Foto: InfoGremiales (Actualidad)

Las claves

  • La Sala III de la Cámara Federal suspendió provisoriamente las multas de $100.000 diarios a Santilli.
  • La decisión se conoció el jueves 16 de octubre, tras la queja del Ministerio de Capital Humano.
  • El Gobierno sostuvo que la cautelar ya estaba íntegramente cumplida al momento de apelar.
  • La cautelar sigue vigente; la Justicia Federal resolverá si el Estado cumplió la ley universitaria.

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió provisoriamente las multas diarias de $100.000 que el juez federal Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por incumplimiento de la medida cautelar vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión se conoció el jueves 16 de octubre, un día después de que Cormick dispusiera las astreintes.

La Cámara actuó tras admitir la queja presentada por el Ministerio de Capital Humano. El Gobierno había argumentado ante el tribunal que la medida cautelar ya se encontraba íntegramente cumplida y solicitó que la apelación tuviera efecto suspensivo.

El fallo ordenó al juzgado de primera instancia tramitar el recurso con efecto suspensivo mientras se sustancia el fondo de la discusión. De esta forma, queda detenida temporalmente la ejecución inmediata de las sanciones económicas contra el jefe de Gabinete.

La suspensión de las multas no implica, sin embargo, que la cautelar haya quedado sin efecto. El expediente continuará su trámite en la Justicia Federal, que deberá resolver de forma definitiva si el Estado acató los requerimientos vinculados a la recomposición de los salarios docentes y no docentes universitarios.

El trasfondo del conflicto judicial se remonta a semanas atrás. Cormick había intimado al Estado por un plazo de cinco días que venció el 22 de septiembre, bajo apercibimiento de fijar multas. Ante la falta de cumplimiento, el magistrado prorrogó el plazo por igual término y, al no registrarse los pagos, dispuso las astreintes. Según la parte demandante, “este plazo está vencido y los pagos aún no se registraron”.

La resolución de la Cámara representa un giro provisorio en la disputa, aunque la discusión de fondo sobre el cumplimiento de la ley universitaria permanece abierta en sede judicial.

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